LOS CUIDADOS DE “CAPTURAR” MOMENTOS EN EL TRABAJO Y CUIDADOS EN USOS DE REDES SOCIALES. Hace un tiempo tuve que representar a unas personas que se volvieron “virales” por unas fotos y videos (de tik tok) en el centro de trabajo. Dichosamente en defensa de la persona trabajadora el caso no terminó en despido, pero podría darse una sanción de ese tipo fruto de la eventual afectación que pueda darse al patrono o bien la vulneración de datos confidenciales. No hay duda que estamos en una época en la que tomar una foto o grabar un video está LITERALMENTE al alcance de la mano con los celulares, pero no bastando eso además de “capturar un momento” muchas personas lo suben a las redes sociales como fotos, reels o historias y creen que por que lo tienen en “close friends” o perfiles privados no pasará nada… y sí puede pasar mucho. Algunos temas de relevancia: INSTRUCCIONES DE LA PARTE PATRONAL: Se le debe informar oportunamente y claramente a la persona trabajadora sobre el tema del cuidado de la confidencialidad de la información en el centro de trabajo así como obligaciones y prohibiciones con respecto a la toma de fotos y videos, salvo los casos especiales que se permitan por temas de imagen de la empresa o que se autoricen para algún tema específico. PUBLICAR FOTOS, HISTORIAS O VIDEOS EN REDES : Cuidado persona trabajadora con las fotos y videos que sube, primero revise bien los lineamientos del centro de trabajo y

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